LA CARA OCULTA DE LA REFORMA LABORAL

Precarizar el empleo{10}NOTA_al_pie

Los datos conocidos hasta el momento confirman la sospecha de que el nuevo contrato indefinido (despido más barato), que se vendió como el mayor logro de la última Reforma Laboral, no está teniendo la eficacia prevista por sus promotores en la lucha contra la eventualidad masiva y contra el paro.

Así, en términos de empleo, los resultados de le Reforma Laboral son irrelevantes en el cuatrimestre junio-septiembre. A pesar de la estacionalidad turística, el saldo es solamente de 83.751 parados menos es este período. Este resultado es el balance de un descenso de 31.881 parados en junio, 82.694 en julio, 20.226 en agosto y un aumento de 51.050 en septiembre.

En julio del 97 se firmaron 919.000 contratos, de ellos 879.000 temporales. En septiembre se firmaron 914.081 contratos. De ellos 84.045 indefinidos (el 9'19%), la mayoría amparándose en la Reforma Laboral. La tendencia es a pasar de una media del 4% de contratos indefinidos sobre el total de los contratos a una media próxima al 10% de indefinidos sobre el total.

El tan cacareado paso de eventuales a fijos de 1.000 trabajadores en La Seda, de 7.000 en Prosegur, de 500 en Lever Ibérica y de 500 en Mercedes Benz, ha servido como justificación de la Reforma, pero sólo ha hecho «regularizar» situaciones anómalas.

Mientras tanto, los empresarios siguen utilizando masivamente el contrato temporal, y seguirán haciéndolo, porque se adapta mejor a la inestabilidad de un entorno económico abierto y competitivo y, sobre todo, porque es más barato y los trabajadores están más indefensos.

El abaratamiento del despido fue la principal apuesta de los empresarios en la negociación de la Reforma, y el entreguismo sindical de CC.OO y UGT les permitió dar importantes pasos en la flexibilización y precarización del mercado de trabajo.

Así, desde la entrada en vigor de la Reforma Laboral, los comités de empresa y delegados de personal pueden acordar con las empresas el despido colectivo por causas «económicas, técnicas, organizativas y de producción», para que a continuación esas mismas empresas puedan volver a contratar a esos mismos trabajadores mediante la nueva modalidad de contrato indefinido. A buen seguro, esta nueva baza va a ser aprovechada por los empresarios para desembarazarse de todos los contratos fijos posibles y sustituirlos por los contratos indefinidos regulados en la Reforma.

Y es que esta modalidad de contratación cuenta con ventajas e incentivos de peso para los empresarios. A las bonificaciones a la cuota empresarial de la Seguridad Social (40% para contrataciones de menores de 29 años y parados de larga duración; 50% para la conversión de contratos temporales y eventuales en contratos indefinidos; y 60% para mayores de 45 años), hay que añadir la reducción de los costes que supone la pérdida de antigüedad y un despido más barato.

Los empresarios van a aprovechar la coyuntura para legalizar numerosas situaciones de contratos en fraude de ley y, encima, recibiendo subvenciones por ello.

Alejar de los trabajadores la negociación colectiva

Otro de los temas estrella de la Reforma Laboral es la negociación colectiva. A partir de ahora habrá que estar más atentos, hilar más fino para conseguir que los derechos e intereses de los trabajadores queden reflejados en los convenios ya que se han legalizado una serie de medidas que alejan la negociación de los trabajadores y la concentran en las cúpulas sindicales.

En este sentido hay que destacar el puntapié que la Reforma Laboral ha dado al principio de autonomía al posibilitar que determinadas materias sólo puedan ser negociadas en Convenios de ámbito superior a la empresa.

Destacar asimismo la situación legalizada por la Reforma que permite que en la última negociación/acuerdo elimine la totalidad de lo pactado con anterioridad. Otras novedades importantes que van a pasar a primera línea son la posibilidad de suprimir las prórrogas de los convenios en su parte normativa; la tendencia a avanzar en los pactos individuales y en el uso de las cláusulas de descuelgue; y la reducción del porcentaje necesario para llegar a acuerdos por parte de las comisiones negociadoras. En definitiva, más poder sindical y menos poder para los trabajadores.

Pero los que peor escapan son los trabajadores de la pequeña empresa. A partir de ahora, allí donde no exista fuerza negociadora, el empresario podrá rebajar unilateralmente el contenido mínimo protector de los convenios.

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