por Santiago Cuba Fernández
{12}NOTA 3_1
Como quien porta un candil para alumbrar la calle manteniendo a oscuras la casa, Estados Unidos emite periódicamente enjundiosos informes sobre la violación de los derechos humanos en todos los países del mundo, menos en uno: Estados Unidos. Olvidaron o, mejor dicho, no conocieron nunca la sentencia de Martí: «El que es falible, no debe dar fallo. El que puede ser juzgado no debe ser juez».
Al parecer la comunidad internacional se cansó de tanto monopolio y arrogancia en relación con los derechos humanos, y decidió sentar en el banquillo de los acusados al falible juez.
Numerosas Organizaciones No Gubernamentales norteamericanas como el Centro de Información sobre la Pena de Muerte y la Americam Bar Association, y juristas prestigiosos, en los últimos tiempos, han prestado particular atención a las violaciones de los derechos humanos en Estados Unidos. También las Naciones Unidas nombraron un Relator para que investigara lo concerniente a las irregularidades en relación con la aplicación de la pena de muerte.
Y todas las investigaciones y estudios permiten llegar a la conclusión de que Estados Unidos es el «mayor violador» de los derechos humanos en el mundo.
Queda así fuera de discusión que actualmente todas las candilejas alumbran la escena norteamericana, y que nos muestran lo siguiente:
El primero, el elemental derecho a la vida, soporte de todos los demás, es ampliamente violado por las irregularidades en la aplicación de la pena de muerte. Es frecuente la imposición de esta sanción en procesos en que los acusados han sido pobremente defendidos. Tal es el caso de Donald Reynbolds y Billy Waldell, condenados a muerte en 1986 por considerarlos autores de un delito de violación. Después de 11 años en el pabellón de la muerte, fueron declarados inocentes, en virtud de una prueba de ADN realizada.
Menos afortunado resultó el joven mexicano Ireneo Tristan Montoya quien fue condenado y ejecutado, sobre la base de una confesión que firmó en inglés --idioma que no conocía bien--, porque las autoridades le hicieron creer que se trataba de un documento sobre su deportación.
Impresionante es el caso de Verneal Jimerson, condenado a muerte en Illinois. Posteriormente le fue revocada la sanción porque el único testigo que lo vinculaba con el homicidio por el que fue sancionado, retiró la acusación. Pero seis años después el mismo testigo --tras un trato con el Fiscal para obtener una sanción menor por otro delito que se le imputaba-- retomó a su declaración inicial acusatoria contra Jimerson, que fue condenado a muerte por segunda vez. Finalmente se le declaró inocente en una tercera instancia, en virtud de una prueba pericial que demostraba fehacientemente que él no había podido cometer el delito. Pero habían transcurrido 15 años.
Otras violaciones a los derechos humanos que se denuncian es la aplicación de la pena máxima a jóvenes que al momento de producirse el delito eran menores de 18 años de edad. La legislación penal moderna considera a los menores de edad inimputables --siempre se considera como punto de partida la fecha en que se cometió el presunto delito y entre ciertas edades con una responsabilidad penal atenuada. Por ejemplo, el Código Penal cubano exime de responsabilidad penal a los menores de 16 años, para los jóvenes comprendidos entre 16 y 18 años establece que se les puede reducir los límites máximo y mínimo de la sanción imponible en la mitad y para los que fluctúen entre 18 y 20 en un tercio. Pero en 24 estados de la Unión norteamericana esos principios no rigen y se puede condenar --con frecuencia se realiza-- a menores de 18 años a cadena perpetua o muerte.
También la ejecución de mujeres, universalmente proscrita, está presente en Estados Unidos. A comienzos de este año fueron ajusticiadas en Texas y la Florida, Karla Fayes Tucker y Judy Ruensiano. Y se encuentran en espera del momento fatal en los pabellones de la muerte 49 mujeres.
Tampoco la libertad y la integridad física de las personas, y a veces también la propia vida, son respetadas por la policía y en las cárceles. Las investigaciones realizadas muestran cómo la policía es brutalmente represiva, y severo e inhumano el régimen carcelario.
Amplia divulgación tuvo el caso del haitiano Abner Lovima, a quien la policía de Brooklyn torturó y le produjo graves lesiones intestinales y en la vejiga con un tubo de meta. Otro adolescente de 16 años de edad, Michael Jones, también en Nueva York, recibió 6 balazos cuando la policía disparó reiteradamente porque, montando una bicicleta, portaba una pistola... de agua. Y un tercero perdió la vida a manos de un agente policial, cuando un balón con el que jugaba un grupo de muchachos golpeó un costado del carro patrullero que tripulaba. Ambos casos fueron ampliamente difundidos.
Un método de tortura de reiterado uso es el denominado «atar como un cerdo» que consiste en esposar manos y pies del detenido y atarlos a su espalda, para después arrojarlo al suelo como un balancín. Este tormento ha producido numerosas muertes por «asfixia posicional», pero continúa empleándose, como lo demuestra lo ocurrido a Anton Báez, que murió como consecuencia de esa práctica. Excepcionalmente en su caso el autor del crimen fue juzgado, pero resultó absuelto porque el Juez declaró que aunque se había demostrado su participación en el hecho no se había podido probar «más allá de toda duda razonable» que la tortura aplicada fuera la causa de la muerte.
Otro mecanismo frecuentemente empleado por la policía son los «cinturones de electrochoque» que producen grandes dolores y terror. En Poniona, California, dos personas murieron al ser sometidas a estas prácticas inhumanas reiteradamente. También debe mencionarse el uso del gas lacrimógeno que es utilizado por 3.000 departamentos de policía, y ha producido la muerte a más de 60 personas que fueron rociadas con él.
Pero si la policía aplica tales medidas a los detenidos, las prisiones no se quedan atrás, pues allí se reiteran aún con mayor impunidad, y se añaden algunos como «atar a retretes», que consiste en encadenar a los reclusos junto a ellos y así mantenerlos largos períodos.
En una penitenciaría de Georgia un grupo represivo de guardianes, denominado Escuadrón Táctico, golpea sistemáticamente a los reclusos, y lo hace nada menos que a presencia del Director del establecimiento.
En el caso de las prisiones de mujeres ocupa el primer lugar dentro de estos maltratos las violaciones por parte de los guardianes que, igualmente, cuando son denunciados siempre escapan a la sanción.
Una característica de las violaciones de los derechos humanos en Estados Unidos, que no presenta ningún otro país, es que ha sido --y es-- un artículo de exportación. Los miembros de los cuerpos represivos de dictaduras militares, como la de Argentina y Chile fueron entrenados en la Escuela de las Américas y otras instituciones similares norteamericanas.
Todo ese clima de violencia oficial que viola elementales derechos de la persona humana está generalizado en el país norteño, como lo revelan las cifras siguientes:
Desde que se restableció la pena máxima --hoy está vigente en 38 estados de los 50 de la Unión--, le ha sido impuesta a 3.660 acusados, de los cuales 360 fueron ejecutados y 3.300 se encuentran pendientes de ajusticiamiento, entre ellos 49 mujeres. El pasado año fueron ejecutadas 74 personas.
De los que perdieron la vida a manos del verdugo el 59% era afronorteamericano, hispano o perteneciente a otras minorías, cuyo conjunto no sobrepasa el 20% de la población del país. Y en Alabama el 69% de los ejecutados es negro. Y hay cifras que resultan muy impresionantes. Por ejemplo, en juicios por homicidio de 1.000 personas blancas fueron condenados a la pena máxima 93 afronorteamericanos, en tanto que por la muerte de 1.000 negros no fue condenado a esa pena ningún blanco.
Igualmente los datos relativos a la privación de libertad son representativos. Posee Estados Unidos una de las poblaciones penales más alta --o la más alta-- del mundo: 1 millón 500.000 reclusos, entre los cuales se incluyen 74.730 mujeres. Y si a esa cifra se adicionan las medidas limitativas de la libertad, se alcanzan dimensiones astronómicas. Hasta julio del pasado año, 5 millones 500.000 --no hay error 5 millones 500.000-- personas sufrieron alguna de esas sanciones.
Entre los que guardan prisión en cárceles cerradas con adultos se cuentan 3.000 menores de edad.
Brutalidad policial y carcelaria, discriminación y xenofobia, aplicación de la pena de muerte a menores, incapacitados, mujeres e inocentes, son rutilantes ejemplos de cómo Estados Unidos «respeta» los derechos humanos: vida, libertad, igualdad, etc. Precisamente aquellos cuyas presuntas violaciones en otros países ponen hipócritamente mayor énfasis en denunciar.
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